Homologar estudios extranjeros
Homologar un título extranjero es conseguir que valga oficialmente en España. Aquí tienes qué se pide, a qué títulos españoles equivale el tuyo y cómo se presenta la solicitud.

Homologar y convalidar no son lo mismo
Homologar es reconocer que un título extranjero equivale a uno español: a partir de ahí vale para trabajar, para opositar y para seguir estudiando, igual que si lo hubieras sacado aquí.
Convalidar es lo que se hace cuando los estudios están a medias: se reconocen los cursos aprobados fuera para poder continuar en el sistema educativo español desde donde te quedaste.
Las dos cosas se piden con el mismo procedimiento, y quien resuelve es el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (se abre en otra pestaña). Esta página cubre los estudios no universitarios; los universitarios van por otra vía.
Qué se pide para homologar
- Que los estudios sean oficiales en el país donde se cursaron.
- Que estén terminados y aprobados por completo.
- Que haya una equivalencia razonable con el título español en nivel, duración y contenido.
- Que se hayan cursado en centros autorizados.
- Quien venga del sistema educativo español y haya terminado la ESO o el Bachillerato fuera tiene que acreditar además los cursos que le quedaban pendientes aquí.
No se homologa un título que a su vez se obtuvo homologando otro en un tercer país: tiene que ser el título original del sistema educativo donde se estudió.
¿A qué títulos españoles se puede homologar?
Estos son los títulos no universitarios a los que se puede homologar:
- Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Bachiller.
- Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional.
- Títulos profesionales de Música y de Danza.
- Técnico de Artes Plásticas y Diseño.
- Grados y Másteres en Enseñanzas Artísticas.
- Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior.
El procedimiento, paso a paso
Rellenar la solicitud
Se hace en la sede electrónica del Ministerio (se abre en otra pestaña), que genera el impreso. El plazo está abierto todo el año: no hay convocatorias.
Reunir la documentación académica
Con la solicitud hay que aportar:
- Copia del documento de identidad o del pasaporte.
- Copia verificada del título o diploma.
- Certificación académica con las asignaturas, las notas y los años cursados. Para la ESO, los cuatro últimos cursos; para el Bachillerato, los tres últimos.
- En enseñanzas artísticas y deportivas, la documentación adicional del plan de estudios, las prácticas y la experiencia.
Legalizar y traducir
Los documentos extranjeros necesitan legalización, y depende del país:
- Nada, si son de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Apostilla de La Haya, si el país firmó el convenio.
- Vía diplomática, en el resto de los casos.
- Y si no están en castellano, traducción oficial: traductor jurado inscrito en España, representación diplomática española, o traductor oficial del país de origen.
Pagar la tasa y presentarlo
Se abona la tasa 079 con el modelo 790 (se abre en otra pestaña) y se presenta todo en la sede electrónica o en una oficina de registro (se abre en otra pestaña). Si vives en Baleares, el expediente lo tramita el Área de Alta Inspección de Educación aunque lo entregues en cualquier registro.
La tasa se paga de forma distinta según dónde estés:
Se rellena el modelo 790 con el código 079, se paga en una entidad bancaria colaboradora o por internet, y el justificante sellado se adjunta al expediente.
La homologación al título de ESO no paga tasa. Para el resto sí, y el importe lo publica el propio Ministerio en el enlace de arriba.
Cuánto tarda y qué hacer mientras
El plazo de resolución es de tres meses desde que el expediente está completo. Si pasan y no hay respuesta, se entiende denegado a efectos de poder recurrir, lo que no impide que se resuelva más adelante.
Mientras tanto no hace falta esperar de brazos cruzados: al presentar la solicitud se obtiene un volante de inscripción condicional, que permite matricularse en un centro español mientras se resuelve. Hay que sellarlo en el registro y tiene fecha de caducidad. Ojo, no garantiza que la homologación acabe concediéndose.
Cuando se resuelve a favor se emite una credencial: ese es el documento que acredita la equivalencia y el que hay que presentar donde te pidan el título.
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